Entre las medidas informadas por el Gobierno Nacional este 13 de junio, destaca un plan de estímulo para la reducción energética en el que los altos consumidores residenciales, es decir, aquellos cuya facturación está por encima de los 500KW/hora al mes, que disminuyan su consumo entre un 10 y 20% se les descontará un 25% del valor de su factura y si disminuyen 20% o más, el descuento en su facturación será de 50%.
También se contemplan sanciones para aquellos que aumenten o no reduzcan su consumo de 500 KW/hora. A los que no reduzcan su consumo en un mínimo de 10% se les aplicará un recargo del 75% en el valor de su facturación.
A aquellos que eleven su consumo en 10% se les aplicará un recargo de 100%, y si el incremento es de 20% se les aplicará un recargo de 200%. Por su parte el sector de grandes consumidores comerciales e industriales, es decir, aquellos con un consumo mensual de 25 KVA deberán realizar una reducción obligatoria del 20% del consumo del servicio en dos partes: 10% en el primer mes y 10% en el segundo.
A fin de evitar sanciones en primera instancia se realizarán notificaciones en la entrada del negocio o empresa que incumpla. Si dicha instalación no reduce su consumo energético se realizarán suspensiones del servicio eléctrico de 24 a 48 horas, y en caso de reincidencia podrá ser por tiempo indefinido, dependiendo el caso.
Esta sanción se aplicará de igual manera para el sector público, el cual también debe acatar esta medida de reducción del consumo energético.
En el ámbito publicitario, se decidió que los avisos publicitarios, como vallas luminosas, y de los locales comerciales solo estén encendidos de 7 pm a 12 pm. Quedan exceptuados las farmacias, centros de salud e instalaciones de seguridad ciudadana.
Quedan exceptuados los servicios de atención médica, producción de hidrocarburos, cuerpos policiales y protección civil, transporte público aéreo, terrestre y marítimo y control de tráfico, servicios de telecomunicación, educación, medios de comunicación, seguridad alimentaria, embajadas y sedes diplomáticas.
Mecanismo de incentivos
El vicepresidente Elías Jaua, quien dio una rueda de prensa conjuntamente con el Ministro Alí Rodríguez, en la sede de Corpoelec, explicó que las medidas autorizadas en la resolución número 74, que establece los mecanismos de ahorro destinados a los usuarios residenciales, cuenta con una serie de mecanismos de incentivos para que los usuarios realicen el ahorro eléctrico.
Detalló que el artículo 2 de esta resolución establece que los usuarios tendrán un incentivo sobre su facturación mensual. Para ello, se comparará el uso mensual evaluado con el mayor valor entre el consumo facturado el mismo mes y el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
El artículo 3 establece que las medidas de uso eficiente se aplicarán a los usuarios residenciales de acuerdo con su ubicación en el territorio nacional y su consumo de energía eléctrica, según se describe a continuación:
En los estados Táchira, Mérida, Trujillo, Miranda, Yaracuy, Lara, Aragua, Falcón, Vargas y en el Distrito Metropolitano de Caracas, con un consumo de energía eléctrica igual o superior a 500 kilovatios horas al mes.
Los estados Carabobo, Portuguesa, Cojedes, Barinas, Apure, Sucre, Delta Amacuro, Amazonas, Guárico, Bolívar, Monagas, Anzoátegui y Nueva Esparta, con un consumo de energía igual o superior a 800 kilovatios horas al mes.
El estado Zulia con un consumo de energía eléctrica igual o superior a 1.200 kilovatios horas al mes, por las características climáticas específicas de este importante estado del país.
Descuentos y contribuciones
Los usuarios residenciales que no logren al menos una disminución de su consumo de energía eléctrica de 10% deberán hacer contribuciones sobre su factura mensual de 75%.
Asimismo, deberán hacer una contribución de 100% los usuarios que incrementen su consumo de energía entre 10% y 20%, mientras que harán una contribución de 200% los usuarios que incrementen su consumo en más de 20%.
Entre tanto, los usuarios residenciales que logren disminuir su consumo de energía entre 10% y 19,99% recibirán un descuento de 25% sobre la facturación mensual, mientras que obtendrán un descuento de 50% los usuarios que disminuyan su consumo a partir de 20%.
Los usuarios residenciales no descritos en el artículo 3 de la resolución 74, que logren una disminución de su consumo de energía igual o mayor a 10%, tendrán un descuento de 10% sobre su facturación mensual.
También se contemplan sanciones para aquellos que aumenten o no reduzcan su consumo de 500 KW/hora. A los que no reduzcan su consumo en un mínimo de 10% se les aplicará un recargo del 75% en el valor de su facturación.
A aquellos que eleven su consumo en 10% se les aplicará un recargo de 100%, y si el incremento es de 20% se les aplicará un recargo de 200%. Por su parte el sector de grandes consumidores comerciales e industriales, es decir, aquellos con un consumo mensual de 25 KVA deberán realizar una reducción obligatoria del 20% del consumo del servicio en dos partes: 10% en el primer mes y 10% en el segundo.
A fin de evitar sanciones en primera instancia se realizarán notificaciones en la entrada del negocio o empresa que incumpla. Si dicha instalación no reduce su consumo energético se realizarán suspensiones del servicio eléctrico de 24 a 48 horas, y en caso de reincidencia podrá ser por tiempo indefinido, dependiendo el caso.
Esta sanción se aplicará de igual manera para el sector público, el cual también debe acatar esta medida de reducción del consumo energético.
En el ámbito publicitario, se decidió que los avisos publicitarios, como vallas luminosas, y de los locales comerciales solo estén encendidos de 7 pm a 12 pm. Quedan exceptuados las farmacias, centros de salud e instalaciones de seguridad ciudadana.
Quedan exceptuados los servicios de atención médica, producción de hidrocarburos, cuerpos policiales y protección civil, transporte público aéreo, terrestre y marítimo y control de tráfico, servicios de telecomunicación, educación, medios de comunicación, seguridad alimentaria, embajadas y sedes diplomáticas.
Mecanismo de incentivos
El vicepresidente Elías Jaua, quien dio una rueda de prensa conjuntamente con el Ministro Alí Rodríguez, en la sede de Corpoelec, explicó que las medidas autorizadas en la resolución número 74, que establece los mecanismos de ahorro destinados a los usuarios residenciales, cuenta con una serie de mecanismos de incentivos para que los usuarios realicen el ahorro eléctrico.
Detalló que el artículo 2 de esta resolución establece que los usuarios tendrán un incentivo sobre su facturación mensual. Para ello, se comparará el uso mensual evaluado con el mayor valor entre el consumo facturado el mismo mes y el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
El artículo 3 establece que las medidas de uso eficiente se aplicarán a los usuarios residenciales de acuerdo con su ubicación en el territorio nacional y su consumo de energía eléctrica, según se describe a continuación:
En los estados Táchira, Mérida, Trujillo, Miranda, Yaracuy, Lara, Aragua, Falcón, Vargas y en el Distrito Metropolitano de Caracas, con un consumo de energía eléctrica igual o superior a 500 kilovatios horas al mes.
Los estados Carabobo, Portuguesa, Cojedes, Barinas, Apure, Sucre, Delta Amacuro, Amazonas, Guárico, Bolívar, Monagas, Anzoátegui y Nueva Esparta, con un consumo de energía igual o superior a 800 kilovatios horas al mes.
El estado Zulia con un consumo de energía eléctrica igual o superior a 1.200 kilovatios horas al mes, por las características climáticas específicas de este importante estado del país.
Descuentos y contribuciones
Los usuarios residenciales que no logren al menos una disminución de su consumo de energía eléctrica de 10% deberán hacer contribuciones sobre su factura mensual de 75%.
Asimismo, deberán hacer una contribución de 100% los usuarios que incrementen su consumo de energía entre 10% y 20%, mientras que harán una contribución de 200% los usuarios que incrementen su consumo en más de 20%.
Entre tanto, los usuarios residenciales que logren disminuir su consumo de energía entre 10% y 19,99% recibirán un descuento de 25% sobre la facturación mensual, mientras que obtendrán un descuento de 50% los usuarios que disminuyan su consumo a partir de 20%.
Los usuarios residenciales no descritos en el artículo 3 de la resolución 74, que logren una disminución de su consumo de energía igual o mayor a 10%, tendrán un descuento de 10% sobre su facturación mensual.
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